Una pareja de hecho es una unión entre dos personas que reconoce oficialmente una relación estable entre ellas. Aunque es una alternativa al matrimonio tradicional, no es lo mismo ante la ley. Una de las principales diferencias es lo que ocurre con una herencia en parejas de hecho. En Escipion Abogados, contamos con un equipo de expertos en herencias que resolverá todas sus dudas.
¿Quién hereda en una pareja de hecho?
En España, las parejas de hecho no tienen derechos hereditarios, salvo en algunas comunidades autónomas (Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia y País Vasco). Eso significa que no les corresponde ninguna parte de la legítima y que, para poder heredar, es necesario dejarlo por escrito en un testamento.
En caso de que no haya testamento, los herederos serán, en este orden: descendientes, ascendientes, cónyuge viudo (no la pareja de hecho), parientes colaterales (hermanos, tíos, sobrinos, primos…) y el Estado.
Herencia en pareja de hecho con o sin testamento
A diferencia del matrimonio, las parejas de hecho no tienen derechos automáticos sobre la herencia del fallecido. De ahí la importancia de redactar un testamento.
- En una herencia con testamento, se cumplen los deseos del testador, incluido el de dejar su patrimonio a su pareja de hecho. Sin embargo, la parte correspondiente a la legítima irá a sus herederos forzosos.
- En una herencia sin testamento, la pareja de hecho no podrá reclamar la herencia del fallecido ni la legítima, ya que no le corresponde conforme a lo establecido en el Código Civil.
Herencia en pareja de hecho con o sin hijos
En caso de herencias en parejas de hecho sin testamento, el reparto de los bienes del fallecido depende de quiénes sean sus herederos legítimos.
- En parejas de hecho con hijos, los descendientes del fallecido tienen prioridad a la hora de recibir la herencia, aunque pueden renunciar a ella en favor de otra persona (por ejemplo, el superviviente de la pareja de hecho).
- En parejas de hecho sin hijos, la pareja de hecho tampoco recibirá la herencia si no hay testamento. El orden viene marcado por ley: padres, hermanos, tíos, sobrinos, primos… y, en última instancia, el Estado.
¿Qué derechos tiene una pareja de hecho en caso de fallecimiento?
Aunque las parejas de hecho no tienen derechos sucesorios, su condición como tales sí está reconocida en otros ámbitos de la legislación española. En este sentido, en caso de fallecimiento, las parejas de hecho pueden beneficiarse de:
- Pensión de viudedad: Las parejas de hecho pueden solicitar la prestación económica que el Estado ofrece cuando fallece uno de sus miembros. Para acceder a la pensión, deberán haber convivido un mínimo de cinco años y haber estado inscritos como pareja de hecho al menos dos años antes.
- Indemnización por fallecimiento: Las parejas de hecho también recibirán una compensación en caso de accidente, siempre que estén inscritas en el registro o hayan convivido durante al menos un año.
En aquellas comunidades autónomas donde sí se reconocen los derechos sucesorios de las parejas de hecho, estas también podrán seguir haciendo uso de la vivienda habitual cuando uno de los miembros fallezca, además de disponer de ciertos beneficios fiscales, incluida una bonificación en el Impuesto de Sucesiones.
En parejas de hecho, lo más recomendable es hacer un testamento para que la pareja pueda heredar en caso de fallecimiento y así evitar problemas. Contacte con nuestro equipo si desea asesoramiento personalizado en materia de herencias.